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Compliance Manual

Compliance Manual

  • The companies which implement the COMPLIANCE MANUAL, apart from complying with the criminal law, improve their corporate image, introducing themselves to their clients as a solvent and attractive organization.
  • Solid experience: Team of experts in the implementation of the compliance program in an easy way and with all guarantees.
  • Elaboration of the risk map: We detect the eventual risks of the company through the analysis of relevant documentation and business information.
  • Elaboration of the Code of corporate conduct or Code of ethics: It consists in a Code which contains rules of conduct and good practices, as well as internal procedures.
  • Implementation of an internal Whistleblower channel: Trough this channel, any worker will be able to report, internally and confidentially, any breach of the Code of ethics or of the applicable law.

Canal de denuncias

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, establece la obligación de las empresas y las administraciones públicas de contar con canales de denuncia, que deberán garantizar el anonimato del denunciante, así como su protección contra posibles represalias.

1. ¿QUÉ OBLIGACIONES TIENE MI EMPRESA?

Las empresas con más de 50 trabajadores y las administraciones públicas están obligadas a establecer canales de denuncia internos que permitan a sus empleados, colaboradores, contratistas y proveedores informar sobre posibles irregularidades en el ámbito empresarial y público.

Las empresas con menos de 50 trabajadores, puede optar por no establecer un canal de denuncias interno, siempre y cuando existan otros medios de denuncia externos que garanticen la confidencialidad y protección del denunciante.

Además, la ley impone la obligación al órgano de administración de designar a un Responsable del Canal de Denuncias.

En cualquier caso, la ley establece que los canales de denuncia internos y externos deberán cumplir una serie de requisitos para garantizar la eficacia y seguridad del proceso de denuncia.

2. SI NO IMPLANTO EL SISTEMA, ¿PUEDEN IMPONER UNA SANCIÓN A MI EMPRESA?

La nueva ley, dispone la creación de la Autoridad Independiente de Protección al Informante, con potestades sancionadoras en esta materia.

En caso de incumplimiento o implementación deficiente del canal de denuncias, las entidades se enfrentan a sanciones que podrían alcanzar las siguientes cuantías:

  • Multas de hasta 1.000.000 de euros para las personas jurídicas y 300.000 euros para las personas físicas.
  • Prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo de 4 años.
  • Prohibición de contratar con el sector público durante un plazo de 3 años.

También podrá dar lugar a sanciones administrativas bajo el Reglamento General de Protección de Datos.

3. ¿QUÉ TE OFRECEMOS EN FALCÓN ABOGADOS?

  • Implementación del Canal de Denuncias con todas las garantías de cumplimiento.
  • Mantenimiento continuado del Canal de Denuncias.
  • Asesoramiento permanente al Responsable del Canal de Denuncias.
  • Gestión de las denuncias presentadas.

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